Hasta la aparición de dicha nota en la que CoMeCi destalla lo discriminatorio de la medida del artículo 3º, inciso "b" del dictamen de la Comisión de Comunicación Social, que establecía que los medios vecinales se rigen por la Ley 2587, lo cual solo nos limitaba al acceso de Publicidad Oficial del Poder Ejecutivo restringiendo toda posibilidad de acceso a la pauta de otros organismos del Sector Público.
Desde CoMeCi bregamos por modificar y mejorar a futuro una normativa que tenga topes presupuestarios, mecanismos claros de contratación, diagnósticos de las campañas y cuente con objetivos igualitarios, cuantitativos y cualitativos en la distribución equitativa de la Publicidad Oficial.
Con el correr de los días, más seguros estamos de que cuantos más luchemos por una comunicación local democrática e inclusiva más rápido conseguiremos que se respeten nuestros derechos.
Fuente: Co.Me.Ci - 5 de diciembre de 2009
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